miércoles, 18 de marzo de 2015

Cofradía Vera Cruz de Oreña

Francisco Javier de Arriaza y Sepúlveda (1º Obispo Diócesis Santander)


Del  Libro Cofradía Vera Cruz 1754-1827  (Archivo Diocesano de Santander) :


Las  reglas que rigen la Cofradía Vera Cruz de Oreña son 24:

La cofradía o hermandad es una asociación  de fieles que con la aprobación del Obispo,  se erigen dentro de la parroquia,  para hacer prácticas de culto en el Jueves Santo, en la ermita de San Roque, Cruz de Mayo, ayuda a los enfermos  y en las exequias de hermanos y hermanas.

Las reglas son las normas por las que se rige la cofradía: limosnas, cuentas, mayordomos, asistencia a misas etc.

"Regla 23 también constituimos que cada mayordomo solo pueda elegir para ayudarle la noche de la oración cuatro hermanos."

"Regla 24 en esta regla  que cada Jueves Santo a la procesión que hará por la tarde hayan de asistir todos los hermanos y hermanas con la mayor devoción que se pueda, silencio y compostura que haga la conversión."

Las cuentas de la cofradía en el año de 1754:

En la Parroquial del señor san Pedro de el lugar Concejo de Oreña junto a los señores Curas D. Alejandro Manuel de la Pasqua y D. Lorenzo Fernández de Cevallos los señores Rexidores D. Thomás Calderón, Procurador D. Bernardo González, ambos por el lado noble, Diego Pérez de Velasco, Regidor y Procurador Lorenzo Ramos por el lado general y Andrés de la Pascua y Ángel de Nicolás nombrados nuevos Mayordomos y tomar las cuentas de la hermandad de esta Vera Cruz de Antonio Roiz y Francisco de Oreña que lo fueron del próximo pasado del cincuenta y tres y los mencionados dieron las que se dieron con cargo y data.

Cargo (relación de ingresos)
Primeramente se les hace cargo de trescientos once reales y treinta maravedís que dijeron tomar de los Mayordomos anteriores Antonio González y Domingo de Cianca sus anteriores el año de 1752

 311,30
Más se les hace de cargo quince reales que dijeron cobrar de las exequias de cinco hermanas difuntas por el gasto que hicieron  de cena de la hermandad  
     15,0
Más se les cargan de ventas trescientas y veinticinco más productos de venta
  326,3
Y dos celemines por el trigo a diecinueve reales el que los mismos que percibieron en grano de los noventa hermanos al respecto de cuentas de cada uno
213,25
Más se les cargan cuarenta y dos reales y doce más que percibieron de los expulsados dos hermanas en la noche de la cena el Jueves al respecto de dieciséis
  12,12
Más treinta reales que debieron cobrar de Manuel Merodio por el arrendamiento de quince carros de tierra que tiene la cofradía en la mies de San Pedro, sitio de Valdemar, son por el año y frutos de 1752
  30,12
Más se les carga siete reales por arrendar siete carros de tierra, prado que tiene la cofradía, son por el año expresado
       3,0
Más cargo de treinta y tres reales y veinte y cinco maravedís importe de siete celemines y medio de Manuel Oreña que de el la razón  haber recogido de limosna, vendidos a nueve reales los dos celemines
  33,25
Más de su cargo doce reales y veinticuatro maravedís valor de tres quintales de trigo que dijeron haber cogido de limosna en su año vendidos a dicho
  12,24
Más dos de cargo a quince reales que de la razón haber recogido los días de fiesta en la iglesia con su insignia de Cruz
    15,0
Más es de cargo de los Curas dos reales que valieron las velas que dijeron de limosna en su año
       2,0
Más se les hace de cargo veinticuatro de más que debieron cobrar de las limosnas de Manuel Rodríguez fueron que pagados bienes que dijo
     24,0
Parece importa el Cargo que se ha hecho y formado a los Mayordomos seiscientos ochenta y cinco reales y cuatro maravedís el que suman y para su descargo dan las partidas que se expresan en esta cuenta que es:
685,4

Data (relación de gastos)
Primeramente se les vuelven y pasan en data setenta y un reales y ocho maravedís que diversos eran los mismos que consumieron los noventa hermanos en pan comido la noche del Jueves Santo
 71,8
Más se les pasan y reciben en data treinta y cinco azumbres y un cuartillo de vino de la tierra al precio que era dicho año importan cincuenta y ocho reales y dos más incluidos aquellos que se gastaron en los cuidados de los difuntos
 98,0
Más se les pasa en cuenta treinta y dos reales, coste de dos celemines y medio de castañas, que se gastaron dicha noche de colación (1)
32,0
Más es data ciento y treinta y dos reales y dos maravedís coste de dieciséis libras primera cera que se compone dicho año
132,2
Más es data ocho reales y dieciséis maravedís, coste de cuatro libras de aceite
8,16
Más es data veinticuatro reales limosnas de doce misas rezadas
24,0
Más doce reales limosnas de tres misas día de la Cruz San Roque y Jueves Santo a cuatro reales
12,0
Más se le donan cuatro reales por el gasto de la Colación los Curas la noche del Jueves Santo, dos cada uno 
4,0
Más cinco reales derechos de la Misa que hizo el Sr. Arzobispo Guillén que con traer el libro viejo que acabó al cincuenta y tres
5,0
Más dos reales que pagaron a Antonio González su antecesor que se le debían  
2,0
Más cuarenta y seis reales que pagaron a Pedro Pérez y herederos de Manuel de Oreña que les estaban debiendo por equivocadas las cuentas de su año que consta de la data
46,0
Más se les abona y pasan en cuenta doscientos noventa y dos reales que se gastaron en la hechura de el petril de piedra la brasa que se hizo en la hermita de San Roque y coste del expresado de toda ella y labrado de la esquina que se hizo al pie del altar y todo consta gasto menor
292,0
Parece importa el cargo que se ha dicho a los expresados mayordomos seiscientos ochenta y cinco reales y cuatro maravedís, salvo error
685,4
Parece que la data  importa seiscientos ochenta y siete maravedís y once maravedís de saldo, salvo error de suma, lo que se hallaron en tomar estas cuentas
2,7

Este mismo día los dos nombrados para efecto estas cuentas nombran mayordomos para el año siguiente acordaron Andrés de la Pascua y Ángel de Nicolas de esta Mayordomos a Pedro Gutiérrez y Fernando de Arce ambos hermanos de dicha cofradía por el estado noble se hayan presentes los señores Curas Regidores y Procuradores de dicho lugar Concejo de Oreña y lo firmamos. Alejandro y Lorenzo.

La regla de la cofradía y sus cuentas fue confirmada en varias ocasiones:

por el Arzobispo de Burgos D. Juan Francisco Guillén Isso (1751-1757) en 1754.

Visita Cofradía Vera Cruz de Oreña en la villa de Santillana el 23 de octubre de 1757 El Excmo. Señor Obispo D. Francisco Javier de Arriaza y Sepúlveda,  primer obispo de la Diócesis de  Santander.

En 1764, 1768 y 1775 La visita a la Cofradía  el Ilmo Sr. D. Francisco Laso Santos de San Pedro (1762-1783), obispo de Santander.

En 1798 La visita a la Cofradía la hace en Puente Avíos el Ilmo Sr. D. Rafael Tomás Menéndez de Luarca y Queipo de Llano 81784-1819), obispo de Santander.

En 1827 se mantiene el número de cofrades y entre hermanos y hermanas eran 91.

Hoy en Oreña no queda ni el recuerdo de la existencia de la Vera Cruz desde que el Arzobispo de Burgos diera licencia a los cofrades para usar la Regla y fueron 75 años de andadura de prácticas penitenciales, caritativas y sociales y de auxilio al clero en un mayor esplendor del culto.


(1) La colación consistía en la ingestión moderada de ciertos alimentos que se consumían para recuperar las fuerzas en las noches que era preceptivo el ayuno.



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Iglesia Parroquial San Pedro Apóstol de  Oreña  



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