Francisco Javier de Arriaza y Sepúlveda (1º Obispo Diócesis Santander) |
Del Libro Cofradía Vera Cruz 1754-1827 (Archivo Diocesano de Santander) :
Las reglas que rigen la Cofradía Vera Cruz de Oreña son 24:
La cofradía o hermandad es una asociación de fieles que con la aprobación del Obispo, se erigen dentro de la parroquia, para hacer prácticas de culto en el Jueves Santo, en la ermita de San Roque, Cruz de Mayo, ayuda a los enfermos y en las exequias de hermanos y hermanas.
Las reglas son las normas por las que se rige la cofradía: limosnas, cuentas, mayordomos, asistencia a misas etc.
"Regla 23 también constituimos que cada mayordomo solo pueda elegir para ayudarle
la noche de la oración cuatro hermanos."
"Regla 24 en esta regla que cada
Jueves Santo a la procesión que hará por la tarde hayan de asistir todos los
hermanos y hermanas con la mayor devoción que se pueda, silencio y compostura
que haga la conversión."
Las cuentas de la cofradía en el año de 1754:
En la Parroquial del señor san Pedro de el lugar Concejo de Oreña junto a
los señores Curas D. Alejandro Manuel de
la Pasqua y D. Lorenzo Fernández de
Cevallos los señores Rexidores D.
Thomás Calderón, Procurador D.
Bernardo González, ambos por el lado noble, Diego Pérez de Velasco, Regidor y Procurador Lorenzo Ramos por el lado general y Andrés de la Pascua y Ángel
de Nicolás nombrados nuevos Mayordomos y tomar las cuentas de la hermandad
de esta Vera Cruz de Antonio Roiz y Francisco de Oreña que lo fueron del
próximo pasado del cincuenta y tres y los mencionados dieron las que se dieron
con cargo y data.
Cargo (relación de ingresos)
Primeramente se les
hace cargo de trescientos once reales y treinta maravedís que dijeron tomar
de los Mayordomos anteriores Antonio
González y Domingo de Cianca
sus anteriores el año de 1752
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311,30
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Más se les hace de
cargo quince reales que dijeron cobrar de las exequias de cinco hermanas
difuntas por el gasto que hicieron de
cena de la hermandad
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15,0
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Más se les cargan de
ventas trescientas y veinticinco más productos de venta
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326,3
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Y dos celemines por el
trigo a diecinueve reales el que los mismos que percibieron en grano de los
noventa hermanos al respecto de cuentas de cada uno
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213,25
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Más se les cargan
cuarenta y dos reales y doce más que percibieron de los expulsados dos
hermanas en la noche de la cena el Jueves al respecto de dieciséis
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12,12
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Más treinta reales que
debieron cobrar de Manuel Merodio
por el arrendamiento de quince carros de tierra que tiene la cofradía en la
mies de San Pedro, sitio de Valdemar, son por el año y frutos de 1752
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30,12
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Más se les carga siete
reales por arrendar siete carros de tierra, prado que tiene la cofradía, son
por el año expresado
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3,0
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Más cargo de treinta y
tres reales y veinte y cinco maravedís importe de siete celemines y medio de Manuel Oreña que de el la razón haber recogido de limosna, vendidos a nueve
reales los dos celemines
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33,25
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Más de su cargo doce
reales y veinticuatro maravedís valor de tres quintales de trigo que dijeron
haber cogido de limosna en su año vendidos a dicho
|
12,24
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Más dos de cargo a
quince reales que de la razón haber recogido los días de fiesta en la iglesia
con su insignia de Cruz
|
15,0
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Más es de cargo de los
Curas dos reales que valieron las velas que dijeron de limosna en su año
|
2,0
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Más se les hace de
cargo veinticuatro de más que debieron cobrar de las limosnas de Manuel Rodríguez fueron que pagados
bienes que dijo
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24,0
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Parece importa el Cargo
que se ha hecho y formado a los Mayordomos seiscientos ochenta y cinco reales
y cuatro maravedís el que suman y para su descargo dan las partidas que se
expresan en esta cuenta que es:
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685,4
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Data (relación de gastos)
Primeramente se les
vuelven y pasan en data setenta y un reales y ocho maravedís que diversos
eran los mismos que consumieron los noventa hermanos en pan comido la noche
del Jueves Santo
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71,8
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Más se les pasan y
reciben en data treinta y cinco azumbres y un cuartillo de vino de la tierra
al precio que era dicho año importan cincuenta y ocho reales y dos más
incluidos aquellos que se gastaron en los cuidados de los difuntos
|
98,0
|
Más se les pasa en
cuenta treinta y dos reales, coste de dos celemines y medio de castañas, que
se gastaron dicha noche de colación (1)
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32,0
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Más es data ciento y
treinta y dos reales y dos maravedís coste de dieciséis libras primera cera
que se compone dicho año
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132,2
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Más es data ocho reales
y dieciséis maravedís, coste de cuatro libras de aceite
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8,16
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Más es data
veinticuatro reales limosnas de doce misas rezadas
|
24,0
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Más doce reales
limosnas de tres misas día de la Cruz San Roque y Jueves Santo a cuatro
reales
|
12,0
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Más se le donan cuatro
reales por el gasto de la Colación los Curas la noche del Jueves Santo, dos
cada uno
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4,0
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Más cinco reales
derechos de la Misa que hizo el Sr.
Arzobispo Guillén que con traer el libro viejo que acabó al cincuenta y
tres
|
5,0
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Más dos reales que
pagaron a Antonio González su
antecesor que se le debían
|
2,0
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Más cuarenta y seis
reales que pagaron a Pedro Pérez y
herederos de Manuel de Oreña que
les estaban debiendo por equivocadas las cuentas de su año que consta de la
data
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46,0
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Más se les abona y
pasan en cuenta doscientos noventa y dos reales que se gastaron en la hechura
de el petril de piedra la brasa que se hizo en la hermita de San Roque y
coste del expresado de toda ella y labrado de la esquina que se hizo al pie
del altar y todo consta gasto menor
|
292,0
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Parece importa el cargo
que se ha dicho a los expresados mayordomos seiscientos ochenta y cinco
reales y cuatro maravedís, salvo error
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685,4
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Parece que la data importa seiscientos ochenta y siete
maravedís y once maravedís de saldo, salvo error de suma, lo que se hallaron
en tomar estas cuentas
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2,7
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Este mismo día los dos nombrados para efecto estas cuentas nombran
mayordomos para el año siguiente acordaron Andrés
de la Pascua y Ángel de Nicolas
de esta Mayordomos a Pedro Gutiérrez
y Fernando de Arce ambos hermanos de
dicha cofradía por el estado noble se hayan presentes los señores Curas
Regidores y Procuradores de dicho lugar Concejo de Oreña y lo firmamos. Alejandro y Lorenzo.
La regla de la cofradía y sus
cuentas fue confirmada en varias ocasiones:
por el Arzobispo de Burgos D. Juan Francisco Guillén Isso (1751-1757)
en 1754.
Visita Cofradía Vera Cruz de Oreña en la villa de Santillana el 23 de
octubre de 1757 El Excmo. Señor Obispo D.
Francisco Javier de Arriaza y Sepúlveda,
primer obispo de la Diócesis de Santander.
En 1764, 1768 y 1775 La visita a la Cofradía el Ilmo Sr. D. Francisco Laso Santos de San Pedro (1762-1783), obispo de
Santander.
En 1798 La visita a la Cofradía la hace en Puente Avíos el Ilmo Sr. D. Rafael Tomás Menéndez de Luarca y Queipo de Llano 81784-1819), obispo de Santander.
En 1827 se mantiene el número de cofrades y entre hermanos y hermanas eran
91.
Hoy en Oreña no queda ni el recuerdo de la existencia de la Vera Cruz desde
que el Arzobispo de Burgos diera licencia a los cofrades para usar la Regla y
fueron 75 años de andadura de prácticas penitenciales, caritativas y sociales y
de auxilio al clero en un mayor esplendor del culto.
(1) La colación consistía en la ingestión moderada de ciertos alimentos que
se consumían para recuperar las fuerzas en las noches que era preceptivo el
ayuno.
Iglesia Parroquial San Pedro Apóstol de Oreña
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